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sábado, 29 de octubre de 2011

Obligaciones de los Comerciantes (Registrarse y proporcionar información al SIEM)

6.- Registrarse y proporcionar información al SIEM (Sistema de Información Empresarial Mexicano).

El SIEM es un instrumento del Estado mexicano con el propósito de captar, integrar, procesar y suministrar información oportuna y confiable sobre las características y ubicación de los establecimientos de comercio, servicios, turismo e industria en el país, que permita un mejor desempeño y promoción de las actividades empresariales. 
La inscripción y registro para el SIEM en la Cámara que corresponda será obligatorio para las empresas, y no obligará al pago de cuota alguna de  afiliación, más sí al pago de registro según lo dispuesto en este título. Los ingresos por este concepto se destinarán preferentemente a la mejoría y desarrollo tecnológico del SIEM. 
La información del SIEM tiene como propósito apoyar las actividades de: 
I. Los gobiernos federal, estatal y municipal, en la planeación del desarrollo socioeconómico, el diseño de estrategias de promoción y la aplicación de los instrumentos de política empresarial; 
II. Las Cámaras, en la planeación y desarrollo de sus actividades y servicios, así como la promoción e integración de actividades económicas; 
III. Las empresas en la formulación de sus estrategias de competitividad y crecimiento; 
IV. Las diferentes instancias de gobierno en la simplificación de trámites administrativos en todos los niveles, y 
V. La identificación de oportunidades comerciales y de negocios para los empresarios y cualquier individuo  nacional y extranjero. 
El SIEM es de interés público, su coordinación es competencia de la Secretaría y su operación estará a cargo de las Cámaras, cuando así lo autorice la Secretaría. 
Todos los Comerciantes e Industriales, sin excepción y obligatoriamente, deberán de registrar y actualizar anualmente cada uno de sus establecimientos en el SIEM. 

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